La asignación del canal determina el tipo de control al que se sujetan las mercancías y se realiza:
a) En el despacho anticipado: cuando la declaración contenga el número del manifiesto de carga. Para la vía terrestre, adicionalmente debe contar con el registro de la llegada del medio de transporte.
b) En el despacho diferido: cuando la declaración cuente con la deuda tributaria aduanera y recargos cancelados o garantizados.
c) En el despacho urgente: cuando la declaración cuente con la deuda tributaria aduanera y recargos cancelados o garantizados. Para la vía terrestre, adicionalmente debe contar con el registro de la llegada del medio de transporte.
El despachador de aduana puede solicitar el reconocimiento físico de las mercancías amparadas en declaraciones seleccionadas a canal verde y naranja antes de su retiro de la zona primaria.
Canales de Control
Canal verde, no se requiere la revisión documentaria de la declaración ni el reconocimiento físico de la mercancía.
Canal naranja, la declaración es sometida a revisión documentaria.
Canal rojo, la mercancía se encuentra sujeta a reconocimiento físico.
Fuente: http://www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/importacion/etapas_asignacion_canal.html
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